El Tribunal Supremo mediante sentencia dictada a principios de año, ha cambiado el criterio que venía estableciendo hasta ahora .El alto tribunal obliga a la entidad bancaria a hacerse cargo del cien por cien del gasto de la tasación la gestoría y el registro de la propiedad, también del cincuenta por ciento de gastos notariales. Todo ello siempre y cuando la escritura sea anterior a la entrada en vigor de la ley hipotecaria de junio de 2019.
Esta sentencia supone una mejora de cara al consumidor respecto de principios del año 2019 cuando estableció un reparto equitativo entre la entidad bancaria y el cliente. Cuando se distribuía de la siguiente manera:
Gastos de registro los asumía el banco
Gasto de gestoría y notaria se repartía al 50% entre el banco y el cliente
Impuesto de actos jurídicos documentados los abonaba siempre el cliente.
Si usted está pensando en reclamar los gastos hipotecarios, el primer paso que debe dar es presentar una reclamación ante su entidad y trascurrido tres meses, posteriormente podremos interponer su demanda reclamando todos los gastos hipotecarios y solicitar la eliminación de cláusula abusiva.
En esta demanda, además de reclamar todos estos gastos los clientes tienen derecho a cobrar los intereses legales desde la fecha en la que lo abonaron.
Todo ello sin coste para el cliente ya que la entidad bancaria deberá asumir el pago de abogado y procurador.
Para cualquier duda o aclaración, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
La primera consulta es gratuita.
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